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Estado colombiano condenado por responsabilidad médica: Un nuevo precedente en reparación directa
En el 2025, la Corte Suprema de Justicia profirió una sentencia histórica en materia de responsabilidad médica, condenando al Estado colombiano por las secuelas neurológicas permanentes sufridas por una menor a causa de atención médica negligente. Este fallo redefine el alcance de la reparación directa y consolida nuevas categorías indemnizables en el Derecho Administrativo colombiano.
Cuando el Estado falla en su deber de cuidado
La responsabilidad médica del Estado no es solo una cuestión técnica: es una expresión del deber constitucional de proteger la vida, la salud y la dignidad humana. En Colombia, las demandas de reparación directa por fallas médicas han sido históricamente complejas, pero recientes fallos judiciales están marcando un giro jurisprudencial que exige mayor rigor institucional y sensibilidad frente al daño.
El caso SC072-2025: una condena ejemplar
El 27 de marzo de 2025, la Corte Suprema de Justicia emitió la sentencia SC072-2025, en la que se declaró responsable a la EPS Cafesalud y a una IPS por las graves secuelas sufridas por la menor Valentina Morales Zuluaga, quien fue víctima de una atención médica negligente que derivó en una encefalopatía hipóxica.
Hechos relevantes:
- La menor ingresó en 2001 con neumonía complicada y fue sometida a procedimientos invasivos sin el debido seguimiento.
- Las secuelas incluyeron cuadriplejía, déficit cognitivo, impulsividad y pérdida total de capacidad laboral.
- El dictamen médico de 2008 confirmó la invalidez permanente.
Condenas impuestas:
- Daño moral: hasta 500 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV).
- Daño a la vida de relación: 1.000 SMLMV.
- Daño biológico: 1.000 SMLMV.
- Lucro cesante consolidado y futuro.
- Reembolso de gastos médicos, educativos y acompañamiento permanente.
Aportes jurisprudenciales: redefiniendo el daño
La Corte introdujo una categoría autónoma: “el daño a la salud”, distinto del daño moral y del daño a la vida de relación. Este concepto reconoce el menoscabo físico y mental como un perjuicio reparable en sí mismo, lo que amplía el espectro indemnizatorio en demandas contra el Estado.
Además, se reafirmó el uso de la lex artis ad hoc como criterio para evaluar la conducta médica, y se consolidó la posición de garante de las EPS frente a los errores de sus prestadores.
Reparación directa y responsabilidad estatal: implicaciones prácticas
Este fallo tiene implicaciones profundas para el Derecho Administrativo:
- Fortalece el régimen de responsabilidad objetiva del Estado por fallas en la prestación de servicios públicos esenciales como la salud.
- Amplía el concepto de daño extrapatrimonial, permitiendo una reparación más justa y diferenciada.
- Exige mayor diligencia probatoria en la acreditación del nexo causal, el comportamiento antijurídico y el daño.
Para firmas como Welfare Legal SAS, este precedente ofrece una guía clara para estructurar demandas de reparación directa con enfoque médico, ético y técnico.
¿Hacia dónde va el Derecho Administrativo?
Este fallo podría generar:
- Mayor judicialización de casos médicos, especialmente en zonas con baja calidad hospitalaria.
- Reformas en protocolos de atención, exigidas por entidades territoriales para evitar condenas futuras.
- Revisión del rol de las EPS como garantes, lo que podría modificar su régimen de responsabilidad frente al Estado.
Además, se espera que el Consejo de Estado adopte criterios similares, lo que consolidaría una doctrina nacional sobre el daño a la salud como categoría autónoma.
El Estado como garante de la dignidad médica
La sentencia SC072-2025 no solo condena al Estado: lo interpela. Le recuerda que la salud no es un trámite, sino un derecho fundamental que exige cuidado, diligencia y reparación. En Welfare Legal SAS, creemos que este momento exige acompañamiento jurídico con sensibilidad institucional, rigor probatorio y visión estratégica. Porque cuando el Estado falla, el Derecho debe responder con justicia.
Fuentes:
https://ccdpc.org.co/sentencia-sc72-2025-de-la-corte-suprema-de-justicia-del-27-de-marzo-de-2025/
https://ecosistemadigitalindice.cortesuprema.gov.co/api/v1/link/share/67e5a3f0b5522b027eb4ab20
https://www.ambitojuridico.com/noticias/civilfamilia/una-hecatombe-en-la-responsabilidad-civil-la-ultima-sentencia-de-la-corte)



