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Actualidad Jurídica

El regalo puede salir caro. Lo que la ley dice sobre promociones navideñas

El regalo puede salir caro. Lo que la ley dice sobre promociones navideñas

La Navidad es un tiempo de unión, celebración y consumo. Las calles se llenan de luces, los comercios despliegan vitrinas festivas y las plataformas digitales bombardean con descuentos que parecen irresistibles. Sin embargo, detrás de esta atmósfera de alegría puede esconderse un riesgo jurídico que afecta tanto a empresas como a consumidores: la publicidad engañosa.

En Colombia, la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) refuerza cada diciembre su vigilancia sobre las campañas comerciales. El objetivo es claro: garantizar que las promociones sean transparentes, verificables y que no induzcan al error. Porque en esta temporada, más que nunca, el regalo puede salir caro si no se respeta al consumidor.

¿Qué entendemos por publicidad engañosa?

La publicidad engañosa se configura cuando una empresa transmite información falsa, incompleta o confusa que lleva al consumidor a tomar decisiones equivocadas. Ejemplos típicos en la temporada navideña incluyen:

  • Descuentos ficticios: subir el precio días antes para luego anunciar una “rebaja” inexistente.
  • Promociones con condiciones ocultas: ofertas que aplican solo en tallas limitadas o productos específicos, sin que esto se informe claramente.
  • Mensajes exagerados: prometer beneficios o garantías que no pueden cumplirse.
  • Restricciones invisibles: letras pequeñas que cambian por completo el alcance de la promoción.

En un contexto donde las emociones y la urgencia de comprar regalos dominan, estas prácticas pueden pasar desapercibidas, pero tienen consecuencias jurídicas serias.

Marco legal y sanciones

El Estatuto del Consumidor (Ley 1480 de 2011) establece que toda publicidad debe ser clara, veraz, suficiente y comprobable. Cuando una empresa incumple, la SIC puede imponer:

  • Multas hasta de 2.000 salarios mínimos legales vigentes.
  • Órdenes de corrección o retiro inmediato de la publicidad.
  • Procesos de responsabilidad civil para reparar daños ocasionados a los consumidores.

Estas sanciones no solo representan un riesgo económico, sino también un golpe reputacional que puede afectar la confianza y fidelidad de los clientes.

Casos recientes en Navidad 2025

La SIC ha demostrado que no se trata de advertencias teóricas. En la temporada navideña de 2025 se impusieron sanciones ejemplares que marcaron la pauta:

1. Grupo Cossio S.A.S. – “Método Cossio”

  • Multa: más de $813 millones (Resolución 20777 de abril de 2025).
  • Motivo: Publicidad de un curso que prometía resultados garantizados que no eran ciertos.
  • Relevancia navideña: La campaña se intensificó en diciembre, aprovechando el auge de compras digitales como “regalos de fin de año”.
  • Conclusión de la SIC: Las piezas publicitarias contenían afirmaciones objetivas engañosas, vulnerando derechos de los consumidores.

2. Vigilancia general en comercio electrónico y retail

  • La SIC reforzó operativos en plataformas digitales y tiendas físicas durante diciembre 2025.
  • Se identificaron promociones con condiciones ocultas y descuentos ficticios.
  • La entidad recordó que toda publicidad debe ser verificable y transparente, especialmente en temporada navideña, cuando los consumidores son más vulnerables.

¿Cómo reclamar como consumidor?

Los consumidores cuentan con herramientas jurídicas para defenderse:

1. Presentar una queja ante la SIC con pruebas como facturas, pantallazos o piezas publicitarias.
2. Solicitar devolución del dinero o cumplimiento de la oferta según lo anunciado.
3. Acudir a la acción de protección al consumidor para exigir reparación de perjuicios.
La clave está en conservar la evidencia y actuar con rapidez. La SIC ha facilitado canales digitales para que los reclamos sean más ágiles y efectivos.

Consejos prácticos para las empresas

La Navidad es una oportunidad para fortalecer la relación con los clientes, no para arriesgarla. Algunas recomendaciones clave:

•    Verificar condiciones de las promociones antes de publicarlas.
•    Evitar precios inflados para simular descuentos.
•    Incluir términos y restricciones visibles en la publicidad.
•    Capacitar equipos de marketing y ventas en cumplimiento del Estatuto del Consumidor.
•    Consultar asesoría legal preventiva para diseñar campañas seguras y transparentes.

Reflexión final

La publicidad engañosa no solo es un incumplimiento legal, es una traición a la confianza del consumidor. En una época donde las emociones y la ilusión de regalar dominan, las empresas tienen la responsabilidad de actuar con transparencia.

En Welfare Legal SAS acompañamos a las compañías en el diseño de estrategias comerciales que cumplen con la ley y protegen su reputación. Porque en Navidad, más que nunca, la confianza es el mejor regalo que una empresa puede ofrecer.

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