Mediante auto el Consejo de Estado colombiano negó la solicitud de medida cautelar interpuesta por la Asociación de Laboratorios Farmacéuticos de Investigación – AFIDRO en el curso de la demanda de nulidad que adelanta. En el escrito, AFIDRO solicitó la suspensión provisional del artículo 9° del Decreto 1782 de 2014 argumentando que su aplicación vulnera los derechos fundamentales a la salud y a la vida, y está en contravía de los estándares internacionales de calidad.
El Decreto 1782 de 2014, expedido en turno del ex-ministro Alejandro Gaviria, se propuso transformar el mercado de los medicamentos esenciales requeridos para el tratamiento de enfermedades como el cáncer o la diabetes, entre ellos los biotecnológicos, admitiendo la importación de sus versiones genéricas, conocidas como medicamentos biosimilares.
Precisamente, el artículo 9° de este Decreto se refiere a una de las formas propuestas por el Gobierno para el registro de los biosimilares: la ruta abreviada. En esta modalidad, a diferencia de lo prescrito para el trámite de expediente completo y el de comparabilidad, el INVIMA puede expedir los correspondientes actos administrativos con fundamento en la información disponible sobre cada medicamento, sin estar facultado para requerir otras exigencias a los solicitantes.
Empero, la Alta Corte no encontró fundados los argumentos de la demandante y negó su solicitud de medida cautelar, decisión celebrada por miembros de la comunidad científica como Claudia Vaca del Centro de Pensamiento, Medicamentos, Información y Poder de la Universidad Nacional (CIMUN), quien aseguró que la norma en su integridad es la más importante que ha expedido el Gobierno “para facilitar la entrada de versiones genéricas de los medicamentos biotecnológicos, que tienen un peso muy alto en el gasto público.”
Dirección Jurídica
Welfare Legal
https://www.elespectador.com/noticias/salud/consejo-de-estado-no-le-da-razon-las-farmaceuticas-y-respalda-entrada-de-biotecnologicos-articulo-853405?utm_source=Whatsapp&utm_medium=organic&utm_campaign=Compartido-Mobile